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El Gobierno oficializó las condiciones para cobrar el bono para trabajadores informales

Foto: Redacción Radio Contacto 104.5 MHz

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La inscripción para este beneficio permanecerá abierta durante todo el mes de octubre. Cuándo empezará a pagarse a quienes ya se inscribieron.

A través del decreto 493/2023, publicado este lunes en el Boletín Oficial, el Gobierno de la Nación oficializó el pago de un bono de $94.000, a pagarse en dos cuotas mensuales de $47.000 cada una, en octubre y en noviembre.

“Institúyese, con alcance nacional, un refuerzo para trabajadores informales como una prestación monetaria no contributiva de carácter excepcional, destinada a compensar la pérdida del poder adquisitivo de ingresos de personas sin ingresos formales y/o en situación de vulnerabilidad socioeconómica, particularmente afectadas por la situación de aceleración del nivel general de precios”, se indicó en la medida.

El bono alcanza a personas que se encuentren en “situación de extrema vulnerabilidad, sobre la base de los criterios objetivos establecidos en el presente decreto y en las normas complementarias y aclaratorias que se dicten para tal fin”.

Además, quienes soliciten el refuerzo no deberán encontrarse:

  • Percibiendo ingresos formales de ningún tipo.
  • Bajo relación de dependencia registrada en el Sector Público Nacional, Provincial, Municipal y/o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o en el Sector Privado.
  • Inscripta en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes ni en el el Régimen de Autónomos.
  • Como titular de jubilaciones, pensiones, planes, programas, prestaciones de la seguridad social, o retiros de carácter contributivo o no contributivo, sean Nacionales, Provinciales, Municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
  • Incluida en el Sistema de Servicios de Salud, conforme lo establezca la AFIP.
  • Registrada como activa en el Registro de Trabajadores de Casas Particulares.
  • Como titular de Prestación por Desempleo, Programas de Empleo o Planes Sociales.
  • Privada de la libertad, bajo cualquier modalidad.
  • Como persona que tiene a cargo a niños, niñas, adolescentes o personas mayores de edad con discapacidad titulares de alguna de las prestaciones establecidas por el Régimen de Asignaciones Familiares, considerándose también, en igual medida, a la otra persona integrante del grupo familiar.
  • Percibiendo ingresos provenientes de la Asignación Universal por Hijo para Protección Social, o de la Asignación por Embarazo para Protección Social, o del Programa de Respaldo a Estudiantes Argentinos (PROGRESAR), o del Programa Nacional de Inclusión Socioproductiva y Desarrollo Local “Potenciar Trabajo”.

ANSES está realizando intercambios de información con aquellas bases de datos que administran los organismos competentes en las materias específicas y vinculadas al cumplimiento de los requisitos, y establecerá las normas aclaratorias y complementarias que resultaren necesarias para la administración, otorgamiento, pago, control y supervisión. Los pagos inician el 9 de octubre.

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