La reforma laboral introdujo cambios en el régimen de licencias por enfermedad o accidente inculpable, aunque mantiene el derecho de los trabajadores a percibir su salario durante el período de ausencia. Las modificaciones se centran en la forma en que debe comunicarse la inasistencia al empleador y en el nuevo sistema de certificados médicos digitales.

A partir de los cambios en los artículos 209 y 210 de la Ley de Contrato de Trabajo, el trabajador deberá informar la enfermedad durante la primera jornada laboral en la que no pueda asistir y comunicar el lugar donde permanecerá durante la licencia. Si no realiza ese aviso en tiempo y forma, ya no alcanzará con demostrar que estuvo enfermo, sino que también deberá acreditar que existió una imposibilidad real para informar la situación.
La normativa no establece un medio específico para realizar la comunicación, por lo que continúan siendo válidos canales como WhatsApp, correo electrónico, llamadas telefónicas, telegramas laborales o plataformas internas de Recursos Humanos, siempre que permitan comprobar que el empleador recibió el aviso.
Otra de las principales novedades es la implementación de los certificados médicos digitales, reglamentada mediante el Decreto 407/2026. Los certificados deberán emitirse a través de plataformas registradas y por profesionales habilitados, incluyendo obligatoriamente el diagnóstico, el tratamiento indicado y la cantidad de días de reposo laboral. Solo en casos excepcionales, como problemas técnicos o falta de conectividad, podrán utilizarse certificados en papel.
La reforma también mantiene la facultad del empleador de controlar el estado de salud del trabajador mediante un médico designado por la empresa. En caso de discrepancias entre el diagnóstico del médico tratante y el laboral, las partes podrán recurrir a una junta médica o solicitar un dictamen de una institución especializada para resolver la controversia.
Pese a estos cambios, el régimen de licencias pagas no se modifica. Los trabajadores seguirán percibiendo íntegramente su remuneración durante la licencia por enfermedad o accidente, de acuerdo con los plazos previstos por la ley según la antigüedad y las cargas de familia. La principal diferencia es que ahora adquiere mayor importancia cumplir con el aviso oportuno y presentar la documentación médica conforme a las nuevas exigencias.
