La causa judicial que investiga la evolución patrimonial de Manuel Adorni sumó una definición procesal clave en los tribunales federales de Retiro. El juez Ariel Lijo hizo lugar a la solicitud presentada por la defensa técnica del exfuncionario y concedió una prórroga extraordinaria de 15 días hábiles para que aporte la documentación contable y las explicaciones formales requeridas por el Ministerio Público Fiscal de la Nación.
El plazo original para cumplimentar el trámite vencía durante las dos primeras horas de este miércoles 26 de agosto. Sin embargo, el abogado defensor Matías Ledesma fundamentó que el equipo legal no había tenido acceso pleno ni tiempo material suficiente para examinar pruebas incorporadas recientemente al expediente. Entre estos elementos figuran peritajes informáticos, extracciones forenses de mensajería y registros contables obtenidos del teléfono celular del contratista Matías Tabar, quien ejecutó remodelaciones edilicias en un inmueble atribuido al exintegrante del gabinete nacional. Frente a este escenario, el magistrado resolvió otorgar el plazo suplementario para garantizar el legítimo derecho de defensa en juicio y autorizó la entrega de copias digitales de la totalidad de las actuaciones.
El origen de la pesquisa y los números bajo la lupa La investigación por presunto enriquecimiento ilícito cobró impulso a partir de una exhaustiva auditoría contable desarrollada por dependencias técnicas especializadas del Ministerio Público Fiscal. Los peritos oficiales contrastaron declaraciones juradas impositivas, cuentas bancarias, consumos con tarjetas de crédito, adquisición de activos, pasivos y transferencias financieras tanto de Adorni como de su cónyuge, Bettina Angeletti.
El dictamen elaborado por el fiscal federal Gerardo Pollicita delimitó el período de análisis patrimonial entre el 14 de diciembre de 2023 —momento en que Adorni juró como vocero presidencial— y el 27 de junio de 2026, fecha en que formalizó su dimisión tras desempeñarse en la Jefatura de Gabinete de Ministros.
De acuerdo con la reconstrucción financiera practicada en la causa, el matrimonio registró durante ese lapso ingresos formales declarados por $ 229.752.283,20, mientras que las erogaciones, pagos y consumos consolidados ascendieron a $ 272.820.832,20. Esta asimetría arroja una brecha negativa de $ 43.068.549, monto que la fiscalía considera inconsistente con el flujo de fondos blanqueado y que ahora deberá ser respaldado con comprobantes, facturación y documentación legal verificable.
Operaciones inmobiliarias y pagos en moneda extranjera Más allá de los movimientos en pesos, el fiscal Pollicita formuló un cuestionario de 20 puntos específicos concentrados en transacciones realizadas en moneda extranjera por un volumen acumulado de US$ 402.578,12.
Dentro de este apartado patrimonial se investigan operaciones inmobiliarias sensibles:
- La adquisición y posterior obra de refacción en una propiedad situada en el barrio cerrado Indio Cuá.
- La compra de una unidad funcional sobre la calle Miró, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
- Erogaciones en concepto de mobiliario importado, contratos de alquileres temporarios y múltiples viajes internacionales.
Uno de los puntos más delicados del requerimiento fiscal radica en el pago de US$ 245.000 en efectivo que, según testimonios testimoniales y registros asentados en la causa, habrían sido entregados de forma directa al contratista Tabar para costear las obras civiles en la vivienda de fin de semana. La defensa de Adorni deberá justificar el origen de esos billetes y la trazabilidad bancaria que respalde la disponibilidad de tales sumas.
La resolución del juez Lijo posterga la definición de una causa de alto voltaje institucional que sigue de cerca la opinión pública de todo el país y que repercute en el escenario político regional.
