ARCA oficializó la actualización del Monotributo para el primer semestre de 2026, vigente desde el 1 de febrero y hasta agosto, con nuevos límites de facturación por categoría y un aumento en las cuotas mensuales a pagar. El ajuste se aplicó en función del IPC acumulado del segundo semestre de 2025, con una suba estimada del 14,29%, lo que recalcula los parámetros del régimen simplificado y eleva el costo fiscal para los contribuyentes respecto de los valores utilizados durante 2025.

Topes de ingresos: así quedan las categorías del monotributo

La primera modificación relevante se ve en los máximos de ingresos brutos anuales permitidos para permanecer en cada escala. Con el nuevo cuadro, los límites informados por ARCA quedan de esta manera: A: hasta $10.277.988,13; B: hasta $15.058.447,71; C: hasta $21.113.696,52; D: hasta $26.212.853,42; E: hasta $30.833.964,37; F: hasta $38.642.048,36; G: hasta $46.211.109,37; H: hasta $70.113.407,33; I: hasta $78.479.211,62; J: hasta $89.872.640,30; K: hasta $108.357.084,05. Estos topes redefinen la ubicación de muchos contribuyentes y sirven como base para la recategorización del período.

Además del techo de facturación, el ajuste también se refleja en la cuota mensual a ingresar. En el esquema publicado, los importes se diferencian entre prestación de servicios y venta de bienes. La tabla queda así: A: $4.780,46 (servicios) y $4.780,46 (ventas); B: $9.082,88 y $9.082,88; C: $15.616,17 y $14.341,38; D: $25.495,79 y $23.742,95; E: $47.804,60 y $37.924,28; F: $67.245,13 y $49.398,08; G: $122.3279,76 y $61.189,87; H: $350.567,04 y $175.283,51; I: $697.150,35 y $278.860,14; J: $836.580,42 y $334.632,18; K: $1.171.212,59 y $390.404,20. Con este cuadro, el régimen simplificado registra un salto respecto de los pagos mensuales de 2025.

Recategorización: pasos y fecha límite

ARCA recordó que el reordenamiento de escalas del Monotributo se complementa con el proceso de recategorización, cuyo vencimiento opera el 5 de febrero y debe realizarse de forma digital en su sitio web. Los contribuyentes deben ingresar con CUIT y clave fiscal, seleccionar la opción “Recategorizarme”, actualizar los datos de los últimos 12 meses —como ingresos, superficie afectada y consumo de energía— y luego generar el formulario F.184 para descargar la nueva credencial de pago.

No están obligados a recategorizarse quienes no necesiten cambiar de categoría ni aquellos que aún no cumplieron seis meses desde el inicio de actividades, ya que en esos casos se mantiene el encuadre original. Sin embargo, el incumplimiento del trámite dentro del plazo puede derivar en multas de hasta el 50% del impuesto integrado y los aportes previsionales, además del reclamo de diferencias retroactivas.

El mayor riesgo se presenta cuando se superan los límites de facturación de la categoría vigente. En ese caso, el contribuyente debe recategorizarse o, si corresponde, pasar al régimen general. ARCA cuenta con mecanismos de control para detectar inconsistencias entre lo declarado y los ingresos reales, por lo que no regularizar la situación puede generar sanciones económicas y ajustes hacia atrás.