El fiscal Sandro Abraldes estimó «de vital importancia la preservación del cadáver y su custodia por parte de la Morgue Judicial». Se le realizaría una autopsia.

Este jueves 31 de agosto y tras una batalla por recuperar su salud, a los 43 años murió Silvina Luna, a causa de las consecuencias que dejó en su cuerpo una intervención estética realizada por el médico Aníbal Lotocki, quien actualmente no está preso pero sí impedido de ejercer como profesional. Y por esta causa contra el cirujano, su familia deberá esperar un poco para darle el último adiós.

Es que en las últimas horas, el fiscal Sandro Abraldes solicitó la preservación del cuerpo de la actriz, ya que consideró «de vital importancia la preservación del cadáver y su custodia por parte de la Morgue Judicial, en miras a una inminente autopsia del cuerpo a través del Servicio de Tanatología del Cuerpo Médico Forense de la Justicia Nacional».

Lotocki fue procesado y condenado por lesiones graves a Silvina Luna, pero esa sentencia aún no está firme, razón por la cual el médico goza todavía de su libertad.

Por ello y en continuidad con el debido proceso judicial, Abraldes instó a las autoridades del Hospital Italiano, donde estuvo internada la mujer durante 79 días, a que «arbitren los medios necesarios para la adecuada conservación del cuerpo», y que «dispongan que el cadáver de Silvina Luna quede en depósito de la Morgue Judicial con adecuada conservación en frío para su posterior autopsia y demás exámenes periciales que se solicitarán en las próximas horas, con adecuado control de todas las partes de este proceso penal».

Además, remarcó que «el resultado muerte provocado importa una ‘situación nueva’ en la sustanciación de este proceso penal que amerita el aseguramiento de los presupuestos de realización de dicha práctica, en procura de la máxima consolidación de la teoría del caso de la Fiscalía en el recurso de casación que actualmente se encuentra en trámite».

‘Dentro de las incumbencias del proceso penal se encuentra la de lograr una adecuada reparación a las víctimas por los daños ocasionados como consecuencia del hecho punible. En consecuencia, se torna también imperiosa la producción de la medida de prueba requerida, dada la proyección que -desde el ámbito científico- podrían tener las conclusiones que se obtengan a partir de dicha autopsia e incluso estudios complementarios, en la salud de las otras tres personas damnificadas que existen en estas actuaciones: Gabriela Nilda Trenchi, Pamela Sosa y Stefanía Belén Xipolitaxis», sostuvo el funcionario judicial.