El Gobierno reglamentó este miércoles la Ley de Emergencia Nacional en Discapacidad mediante un decreto publicado en el Boletín Oficial, luego de una orden judicial que exigía su inmediata aplicación.

La norma había sido aprobada por el Congreso en julio de 2025, pero permanecía sin implementación efectiva por cuestiones presupuestarias.

La activación de la ley se produjo tras un fallo del juez federal de Campana, Adrián González Charvay, que declaró inválida la cláusula que condicionaba su puesta en marcha a la disponibilidad de fondos. El magistrado consideró que esa limitación vulneraba obligaciones constitucionales y ponía en riesgo tratamientos esenciales para personas con discapacidad. Aunque el Gobierno apeló, la Justicia supervisó el cumplimiento y apuró el proceso de reglamentación.

El decreto establece un nuevo marco operativo para políticas públicas, prestaciones y pensiones, con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026 y posibilidad de prórroga. Entre los cambios centrales se crea un nuevo régimen de pensiones no contributivas por discapacidad, que unifica beneficios previos y fija criterios de acceso, permanencia y auditoría para reforzar los controles.

Además, se fortalece el rol de la Secretaría Nacional de Discapacidad, ahora bajo la órbita del Ministerio de Salud, y se reactiva la participación del Consejo Federal de Discapacidad y otros organismos de articulación. El Ejecutivo también dispuso esquemas de cooperación con provincias y la Ciudad de Buenos Aires, con el objetivo de ordenar la implementación y mejorar los mecanismos de seguimiento y control.