Los comerciantes que usan plataformas digitales para vender sus productos pagarán una alícuota del 8% en caso de superar una determinada facturación mensual.

La AFIP reforzará los controles sobre los comerciantes que usan plataformas digitales para vender sus productos que no figuren como responsables inscriptos, se informó a través de una resolución publicada en el Boletín Oficial.

Estos contribuyentes deberán abonar una alícuota del 8% si superan los $200.000 de facturación mensual.

Se trata del Impuesto al Valor Agregado (IVA) que se abona por las comisiones que cobran los portales a sus clientes. Las empresas administradoras de plataformas de intermediación de comercio exterior van a tener que requerir información a partir de la CUIT.

La resolución de AFIP

En la resolución, el ente recaudador indica que “la actividad vinculada al comercio electrónico experimentó un crecimiento exponencial en los últimos años, destacándose la incorporación de nuevos operadores que actúan como intermediarios en la concertación de transacciones comerciales a través de ‘plataformas digitales’ de su titularidad”.

Según datos de Statista, en 2021, la facturación del comercio electrónico en Argentina rondó los 1,52 billones de pesos, lo que representó un incremento de alrededor del 68% en comparación con lo reportado en 2020.

A su vez, datos provistos por la Cámara Argentina de Comercios Electrónico (CACE), el comercio electrónico en Argentina creció durante el primer semestre de 2022 un 73% respecto al primer semestre del 2021, con una facturación de $ 1.090.480 millones.