El Gobierno nacional promulgó la Ley de Modernización Laboral (27.802) tras su aprobación en el Congreso el pasado 27 de febrero, durante las sesiones extraordinarias impulsadas por el presidente Javier Milei.
La normativa introduce cambios estructurales en el mercado de trabajo, especialmente en la registración laboral, la organización de la jornada, el régimen de indemnizaciones y el sistema de aportes patronales y sindicales. Entre otras medidas, habilita jornadas laborales de hasta 12 horas mediante acuerdo entre empleador y trabajador, crea el sistema de “banco de horas” para compensar extras con descansos y establece la digitalización obligatoria de los libros laborales.

La reforma también modifica el esquema de aportes y remuneraciones. Se fija un tope del 0,5% para los aportes empresariales a cámaras y asociaciones —que serán voluntarios desde 2028— y se limita al 2% el aporte sindical de los trabajadores. Además, se mantiene el 6% destinado a las obras sociales y se elimina la posibilidad de que los empleadores retengan cuotas sindicales sin consentimiento. En paralelo, se incorpora el concepto de “salario dinámico”, que permitirá vincular parte de la remuneración al rendimiento individual, y se crea el Régimen de Incentivo para la Modernización e Inversión (RIMI) para promover la adopción tecnológica y la expansión empresarial.
En materia de indemnizaciones, el cálculo por despido sin causa se limitará a la remuneración mensual habitual, excluyendo aguinaldo y vacaciones, y los créditos laborales se actualizarán por IPC más un 3% anual. La norma también establece el Fondo de Asistencia Laboral para cubrir costos de desvinculación, financiado por aportes empresariales, y habilita fondos de cese laboral en convenios colectivos. A su vez, elimina multas por empleo no registrado e impulsa programas de blanqueo laboral con condonaciones de hasta el 70% de deudas, al tiempo que fija nuevas reglas para juicios laborales y restricciones al derecho de huelga en servicios esenciales y actividades consideradas trascendentales.
