La jueza Cecilia Tasquer desestimó el recurso de revisión de los dirigentes opositores y convalidó el criterio del Ministerio Público Fiscal, que determinó que los cargos públicos no otorgan legitimación activa directa para intervenir formalmente como acusadores particulares.
La causa que investiga el presunto enriquecimiento ilícito de la intendenta de Graneros, Raquel Graneros, sumó un capítulo procesal clave en los tribunales del sur provincial. La jueza Cecilia Tasquer resolvió rechazar de manera categórica el recurso de revisión impulsado por el legislador provincial Manuel Courel y el concejal de Simoca Luis Escobar —ambos referentes del espacio político Cambia Tucumán—, ratificando la decisión del Ministerio Público Fiscal (MPF) de impedirles asumir el rol formal de querellantes particulares en el expediente.
El proceso judicial tomó estado público tras la denuncia impulsada por los dirigentes opositores, quienes solicitaron que se investigue la presunta adquisición de una propiedad de alto valor ubicada en el country Las Yungas, en el municipio de Yerba Buena, inmueble que según los denunciantes tendría una cotización de mercado superior al millón de dólares. A partir de esa presentación, los dirigentes buscaron intervenir activamente como partes acusadoras en la pesquisa penal que lleva adelante la fiscalía.
Durante la audiencia celebrada a través de medios virtuales, el abogado patrocinante de los denunciantes, Luis Díaz Augier, fundamentó la pretensión procesal señalando que la investidura legislativa y deliberativa de sus representados justificaba su rol acusador. Desde su perspectiva, un delito contra la administración pública como el enriquecimiento ilícito lesiona directamente la probidad, la transparencia institucional y los intereses colectivos de la comunidad tucumana, configurando un perjuicio donde no existe una única víctima individualizada sino una afectación social general.
Sin embargo, el fiscal subrogante del Centro Judicial Concepción, Fernando Blanno —quien asumió el trámite del legajo en reemplazo de Diego Sebastián Hevia—, sostuvo una postura firme de oposición al pedido. El representante del MPF remarcó ante el tribunal que el Código Procesal Penal de Tucumán restringe taxativamente la figura del querellante particular a quienes hayan sufrido un daño directo e inmediato por el delito denunciado.
En su dictamen, Blanno argumentó con precisión que los cargos de legislador y de concejal no constituyen un poder de representación legal de la sociedad en sede penal. “No reúnen los requisitos para ser querellantes particulares porque no son víctimas del hecho; ni siquiera son afectados de manera directa”, fundamentó el fiscal para rechazar la incorporación procesal de los denunciantes.
Frente a esa postura, Courel rebatió el criterio fiscal cuestionando la lógica procesal sobre los delitos de corrupción y planteó ante el estrado quién podría catalogarse como víctima directa en presuntos actos de enriquecimiento ilícito de funcionarios, sosteniendo que el daño recae sobre las arcas del Estado y la totalidad de los ciudadanos.
Al momento de emitir su pronunciamiento, la jueza Cecilia Tasquer respaldó íntegramente el criterio expuesto por el fiscal y desestimó el planteo de la defensa técnica de los dirigentes. No obstante, la magistrada dejó asentado en sus consideraciones que el escenario procesal podría haber sido distinto si la solicitud hubiera sido canalizada mediante una persona jurídica o entidad no gubernamental legalmente constituida con un objeto social orientado a la transparencia y la lucha contra la corrupción.
Tras notificarse de la resolución judicial, Courel expresó su malestar por la demora en la tramitación del expediente y reclamó mayor dinamismo a los investigadores judiciales: “Esperemos que Blanno le dé la celeridad que necesita esta causa. Vamos a seguir aportando pruebas, pero le pedimos al MPF que avance con una causa que es de interés público de todos los tucumanos”, señaló. A su turno, el letrado Díaz Augier insistió en que el régimen procesal tucumano requiere una reforma integral para permitir la intervención de la ciudadanía en casos de corrupción y reiteró la necesidad de conformar una oficina anticorrupción autónoma en la provincia.
Por su parte, la defensa técnica de la jefa municipal de Graneros, encabezada por la abogada Paula Morales Soria, ratificó el rechazo absoluto a las imputaciones y negó que la propiedad ubicada en Yerba Buena forme parte del patrimonio de su representada. La abogada remarcó que la intendenta permanece a total disposición de la Justicia y aseguró que los informes y pericias incorporados al legajo han sido favorables para la funcionaria.
La resolución de Tasquer no clausura la investigación penal ni define sobre la existencia del presunto delito denunciado, sino que delimita las reglas procesales del caso: la causa continuará tramitándose exclusivamente bajo la órbita de los fiscales instructores del Ministerio Público Fiscal de Concepción.
