Cómo quedarán las escalas a partir de julio de 2023.

Este viernes por medio del Boletí Oficial el Gobierno formalizó el aumento del 41% en las escalas del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, comúnmente denominado monotributo, a partir de julio, a través del decreto 315/2023.

De esta forma, a partir del 1° de julio, los niveles de facturación en las distintas escalas del monotributo aumentarán un 41,5%, actualizándose también el ingreso máximo que permite estar en el régimen simplificado de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

Así, los ingresos brutos permitidos para estar en ese esquema impositivo, que quedaron retrasados debido a la significativa inflación, llegarían a $7.996.486 para los prestadores de servicios y a $11.379.615 si se trata de contribuyentes dedicados al comercio de bienes muebles.

Al respecto hay que destacar que la cuota mensual no se verá alterada y que este aumento llega ahora, justamente, porque es la etapa del año donde los monotributistas deben recategorizarse, tal como sucede cada seis meses.

Las escalas desde julio, según esta disposición, quedarán de la siguiente manera:

• Categoría A: pasa de $ 999.657 a $ 1.414.762

• Categoría B: pasa de $ 1.485.976 a $ 2.103.025

• Categoría C: pasa de $ 1.557.443 a $ 2.080.367

• Categoría D: pasa de $ 2.583.720 a $ 2.944.235

• Categoría E: pasa de $ 3.042.435 a $ 4.305.799

• Categoría F: pasa de $ 3.803.043 a $ 5.382.248

• Categoría G: pasa de $ 4.563.652 a $ 6.458.698

• Categoría H: pasa de $ 5.650.236 a $ 7.996.484

• Categoría I: pasa de $ 6.323.918 a $ 8.949.911

• Categoría J: pasa de $ 7.247.514 a $ 10.257.028

• Categoría K: pasa de $ 8.040.721 a $ 11.379.612