
La Corte de Apelaciones del Segundo Circuito de Nueva York dictó una suspensión administrativa de la orden que obligaba a la Argentina a transferir el 51% de las acciones de YPF a los fondos demandantes, que habían obtenido un fallo favorable por USD 16.099 millones en el juicio por la expropiación de la petrolera en 2012.
Con esta medida, la Cámara dejó sin efecto, de forma temporal y por tiempo indefinido, el plazo de 72 horas que había establecido la jueza Loretta Preska para cumplir con la transferencia. La suspensión regirá hasta que un panel de tres jueces analice y se expida sobre el pedido formal de suspensión presentado por el Estado argentino.
En el fallo firmado por Catherine O’Hagan Wolfe, secretaria del tribunal, se indica que los apelados (los fondos beneficiarios del fallo) no se opusieron a una suspensión administrativa transitoria, aunque sí manifestaron su desacuerdo con una suspensión durante todo el proceso de apelación. La Cámara estableció que los demandantes tienen plazo hasta el 17 de julio para presentar su oposición formal, y la réplica de Argentina deberá entregarse antes del 22 de julio. Luego de esos plazos, la solicitud será evaluada por una sala de jueces del tribunal.
En paralelo, la Cámara también deberá resolver la apelación general presentada por la defensa argentina contra el fallo de fondo dictado por Preska. Las opciones van desde ratificar la sentencia original, modificarla parcialmente o revocarla en su totalidad.
El proceso se enmarca en la demanda iniciada por Burford Capital y otros fondos, quienes adquirieron derechos de litigio vinculados a la estatización de YPF durante el segundo gobierno de Cristina Fernández de Kirchner.
