En el marco del proceso de convocatoria para la
renovación parcial de los miembros del Honorable Directorio de la Caja de Previsión
y Seguridad Social de Abogados y Procuradores de Tucumán, la Junta Electoral
oficializó el cierre del plazo para la recepción de listas. El acto administrativo contó
con la rúbricas de las autoridades del órgano electoral: el Presidente, Dr. José
Antonio Taboada; el Secretario, Dr. Horacio Adrián Geria Lepore; y la Vocal, Proc.
Aurora Josefina Abella González.
Durante la jornada se constató la presentación en término de dos agrupaciones que
competirán en los próximos comicios:
● Lista “Bernardo de Monteagudo Celeste y Blanca”: Postula como candidatos a
Directores Titulares al Dr. Juan Carlos de María Ghiringhelli y a la Dra. Marta
Ofelia Yélamos Cáceres; y como suplentes a la Dra. María Emilia Pacheco y al
Dr. Gonzalo Peñalba Pinto.
● Lista “Frente Previsional”: Postula como candidatos a Directores Titulares a la
Dra. María Fernanda Prado y al Dr. Eduardo Sebastián Herrera Prieto; y como
suplentes a la Dra. Leonor del Valle García Andrade y al Dr. Álvaro Eugenio
Contreras.
Impugnación por incompatibilidad legal
Tras la presentación de las nóminas, los abogados Pablo Cardoso y Daniel Babich,
actuando en su carácter de Apoderados de la Lista Bernardo de Monteagudo – Celeste
y Blanca, formularon una impugnación formal contra la candidatura del Dr. Álvaro
Contreras (postulado como Director Suplente por el Frente Previsional).
Los apoderados basan su reclamo en una incompatibilidad funcional manifiesta,
prevista en el Artículo 6° de la Ley Provincial N° 6.059. Según la presentación
efectuada por Cardoso y Babich, el candidato cuestionado se desempeña actualmente
de forma activa en la Comisión de Juicio Político del Colegio de Abogados de
Tucumán. Argumentan que dicha superposición institucional genera un potencial
conflicto de intereses y una acumulación indebida de poder sectorial que vulnera los
principios de transparencia y separación de funciones.
La defensa de la independencia de la Caja
Los apoderados firmantes subrayaron en su presentación que el fin supremo de la
normativa vigente es blindar la gestión previsional de la interferencia de intereses
corporativos externos o de influencias políticas de cualquier índole. En este sentido,
se remarcó que es fundamental garantizar la independencia de la Caja profesional
para asegurar la dedicación exclusiva de sus autoridades y el debido resguardo
patrimonial de los aportes de todos los matriculados, tanto activos como pasivos.
Al respecto, el apoderado Dr. Pablo Cardoso remarcó:
“Queremos dejar en claro que esta presentación no es en contra del candidato, ni
tiene como fin entorpecer el calendario electoral ni el normal desarrollo de los
comicios. El único propósito que nos moviliza es velar por el estricto cumplimiento
de la ley. Es fundamental garantizar la independencia de la Caja profesional en sus
aspectos funcionales, patrimoniales y financieros, asegurando que sus autoridades
mantengan una dedicación exclusiva y sin interferencias externas de ninguna
índole.”
Por su parte, el Dr. Daniel Babich complementó:
“El legislador provincial diseñó un régimen de clara separación entre el gobierno de
la matrícula y el previsional. Acumular un cargo en el órgano que evalúa la
destitución de los jueces con la dirección de la Caja configura una superposición
estructural incompatible que compromete la imparcialidad del control. Buscamos
que se resuelva esto de forma previa mediante la opción del candidato para cuidar la
economía del proceso y el resguardo de los aportes de todos los afiliados.”
La Junta Electoral deberá correr traslado del planteo a la lista afectada antes de
dictar una resolución definitiva sobre la viabilidad de la candidatura observada.
