Qué irregularidades detectó el organismo para tomar esta decisión y de qué marca se trata.

Este martes a través del Boletín Oficial, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) anunció la prohibición de venta y consumo de una marca de chocolate tras descubrir que se trata de un producto ilegal.

Según la Disposición 3998/2023, el producto afectado es la “Barra de chocolate con maní, sabor chocolate con maní, libre de gluten Sin TACC, Contenido neto: 75 gr., Consumir antes de:31/12/2023, RNE 02-041604 y RNPA en trámite, Certificado de habilitación municipal N° 21205, Calle 39 N° 1618, La Plata” y “Chocolate negro con maní, sabor chocolate con maní, libre de gluten Sin TACC. Consumir antes de: 31/12/2023. RNE/ RNPA: en trámite”, los cuales no cumplirían con la normativa alimentaria vigente.

Luego de una extensa investigación la ANMAT determinó que se trataba de un producto ilegal y por eso dispuso: «Prohíbese la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional de los productos: Barra de chocolate con maní, sabor chocolate con maní, libre de gluten Sin TACC, Contenido neto: 75 gr., RNE 02-041604 y RNPA en trámite, Certificado de habilitación municipal N° 21205, Calle 39 N° 1618, La Plata».

Y agrega también a la prohibición al “Chocolate negro con maní, sabor chocolate con maní, libre de gluten Sin TACC, RNE/ RNPA: en trámite en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, por carecer de registros sanitarios, mencionar en el rotulado un número de RNE perteneciente a otra razón social, mencionar la tramitación del número de RNPA cuando no hay registros de tal situación».

Además, «por no indicar correctamente información obligatoria en su rótulo como los alérgenos y sustancias capaces de producir reacciones adversas en individuos susceptibles, y por estar falsamente rotulados al consignar en el rótulo el símbolo y la leyenda Sin T.A.C.C., sin estar autorizados con tal atributo, resultando ser en consecuencia ilegales».

Los mismos no cumplirían con la normativa alimentaria vigente según una extensa investigación la ANMAT en la que se determinó que se trataba de un producto ilegal y por eso dispuso: «Prohíbese la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional de los productos: Barra de chocolate con maní, sabor chocolate con maní, libre de gluten Sin TACC, Contenido neto: 75 gr., RNE 02-041604 y RNPA en trámite, Certificado de habilitación municipal N° 21205, Calle 39 N° 1618, La Plata».

Se agregó también a la prohibición al “Chocolate negro con maní, sabor chocolate con maní, libre de gluten Sin TACC, RNE/ RNPA: en trámite en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, por carecer de registros sanitarios, mencionar en el rotulado un número de RNE perteneciente a otra razón social, mencionar la tramitación del número de RNPA cuando no hay registros de tal situación».

Además, «por no indicar correctamente información obligatoria en su rótulo como los alérgenos y sustancias capaces de producir reacciones adversas en individuos susceptibles, y por estar falsamente rotulados al consignar en el rótulo el símbolo y la leyenda Sin T.A.C.C., sin estar autorizados con tal atributo, resultando ser en consecuencia ilegales».