Antes de emprender un viaje al exterior hay que considerar ciertos puntos para evitar malos entendidos y demoras innecesarias.

En la página oficial de AFIP comparten información necesaria para quienes viajen estas vacaciones hacia o desde la República Argentina. Los viajeros podrán encontrar allí datos clave sobre régimen de equipaje, franquicias diplomáticas, tax free, circulación de vehículos, ingreso y egreso de valores.

Para evitar malos entendidos desde AFIP comparten información relevante que deberán saber quienes viajan al exterior del país durante estas vacaciones de verano. Lo principal es tener en cuenta que se deberá declarar los objetos y/o vehículos con los que se viaja. Este trámite se puede realizar antes de pasar por la Aduana, completando el formulario OM 121 desde la web o llevando el formulario impreso.

Quien entran y salen de Argentina deberán presentar un formulario ante AFIP.

En dicho formulario el viajero deberá completar sus datos personales, destino al cual viaja, medio de transporte, la declaración además llevará la marca, número, estado y cantidad de los objetos que transporte.

¿Qué es el Régimen de equipaje?

Los viajeros que lleguen a Argentina «sólo tendrán que realizar la declaración de Aduanas cuando deban abonar el tributo correspondiente por haber superado la franquicia vigente, trasladen mercaderías reguladas por SENASA o ingresen dinero en efectivo y/o instrumentos monetarios – en moneda extranjera o nacional de curso legal – por un valor igual o superior al equivalente a USD 10.000», informan en la página de AFIP.

La declaración de Aduanas se realiza completando el formulario digital de declaración de equipaje de entrada que se puede encontrar en las aplicaciones para dispositivos móviles o en las terminales de autogestión.

También se puede realizar de manera manual mediante el formulario OM-2087/G5 o OM-2087/G6, según corresponda.

El horario clave para cruzar a Chile este verano y evitar largas filas Mientras que al ingresar a Argentina, todo viajero que lleve bienes originarios de terceros países como parte de su equipaje acompañado, deberá declararlos y exhibirlos con anterioridad a su salida hacia el exterior ante el servicio aduanero, mediante su registración en el formulario OM 121, que puede confeccionarse en forma manual o generarse a través de internet.

Este servicio permite cargar datos personales, fecha y lugar de salida del país, y los objetos que se transportan. De esta manera, se podrá imprimir el formulario para presentarlo en la Aduana al momento de viajar. Esto disminuye los tiempos de espera en las casillas de aduana al salir.

¿Qué sucede si se viaja en vehículo particular?

Los conductores de vehículos registrados en los países del Mercosur que circulen en un país miembro del MERCOSUR diferente al de registro o matrícula del vehículo, deberán contar con la siguiente documentación:

  • Documento de identidad válido para circular en el MERCOSUR.
  • Licencia para conducir otorgada por país miembro (o estado parte) del MERCOSUR.
  • El conductor debe ser residente en el estado parte del MERCOSUR de registro del vehículo.
  • Documento que lo califica como turista emitido por la autoridad migratoria.
  • Para automotores conducidos por terceras personas (no titulares del vehículo): se solicita Cédula Azul extendida a nombre de la persona que conduce el automotor, o autorización emitida por poder público (ante escribano público) para conducir y extraer el vehículo del país.
  • También se exigirá Cédula Verde.
  • Los vehículos particulares comunitarios podrán ser conducidos por el cónyuge u otros familiares del propietario hasta segundo grado de consanguinidad sin necesidad de autorización expresa, siempre que sea en calidad de turista y se acredite el vínculo con la documentación correspondiente.
  • Título u otro documento oficial que acredite la propiedad del vehículo.
  • Comprobante de seguro vigente en el MERCOSUR.
  • Todos los automotores deben estar registrados ante la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y Créditos Prendarios.

Además, los vehículos deben tener grabado el número de dominio en los cristales. El plazo de permanencia es otorgado por la Dirección Nacional de Migraciones, según lo permitido al titular del vehículo o a la persona por él autorizada. Ahora bien, si el viajero circula fuera del país en un vehículo de alquiler deberá presentar la Autorización para Circulación en el MERCOSUR (ACM), otorgada por la empresa arrendataria. A su vez, deberá constatarse que la empresa arrendataria se encuentra inscripta en los registros de «RENT A CAR» de la Aduana argentina y que esté autorizada a egresar del país por el paso elegido.