Mediante una resolución, Nación hizo oficial su decisión de transferir bonos a la Ciudad de Buenos Aires en el marco de la cautelar dictada por la Corte.
A través de la decisión administrativa 1282/2022 de la Jefatura de Gabinete, publicada en el Boletín Oficial, el Gobierno dejó firme su decisión de transferir bonos TX31 a la ciudad de Buenos Aires en el marco de la medida cautelar dictada por la Corte Suprema de Justicia en favor del distrito porteño por los fondos coparticipables.
«En atención a la medida cautelar dictada en el Expediente Judicial citado en el Visto, el Estado Nacional ha decidido buscar el remedio posible en las circunstancias actuales, mientras se resuelve la cuestión de fondo o el Honorable Congreso de la Nación dicta una ley para prever en el presupuesto la atención de la medida judicial dispuesta», se expresó en el escrito.
Y en la medida oficializada, que lleva las firmas de los ministros del Interior, Eduardo «Wado» de Pedro, y de Economía, Sergio Massa. también se remarcó que «a través del la Procuración del Tesoro de la Nación se presentará un recurso de revocatoria de la medida aludida».
De acuerdo al artículo 1 de la disposición, «el Ministerio de Economía, a través del Órgano Coordinador de los Sistemas de Administración Financiera, deberá transferir al Banco de la Nación Argentina el monto equivalente a pesos noventa y ocho mil quinientos millones ($98.500.000.000) en bonos del Tesoro TX31».
Ante ello, se indicó que se «dará instrucciones a esa entidad bancaria para que transfiera diariamente a una cuenta bancaria que habilitará bajo la titularidad del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los bonos necesarios para cubrir la diferencia entre el uno coma cuatro (1,4%) que históricamente se le transfería a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el marco del artículo 8°de la Ley N° 23.548, y el dos coma noventa y cinco (2,95%) que dispuso la medida cautelar dictada» por la Corte Suprema la semana pasada.
Además, en el artículo 2 se dispone que «el Banco de la Nación deberá proceder a la apertura inmediata de la cuenta Bancaria consignada en el artículo anterior», mientras que el 3 indica que «la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía promoverá las modificaciones presupuestarias pertinentes».